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Nueva reglamentación francesa: la Ley Macron PDF Print

¿Qué es la ley Macron?

 

¿Qué es la Ley Macron?

La Ley Macron es una nueva reglamentación francesa que obliga a las empresas transpotistas radicadas fuera de su territorio a formalizar una cierta documentación y a cumplir con un salario mínimo en caso de desplazar o enviar a trabajadores a su territorio

¿Cuándo entra en vigor la Ley Macron?

El salario mínimo francés entró en vigor el 01 de julio de 2016

¿A quién se le aplica la Ley Macron?

A todas las empresas establecidas fuera de Francia que cumplan con las dos condiciones:

  • Que ejerzan una de las actividades de transporte terrestre: transporte de mercancías o transporte de viajeros por carretera

  • Que desplacen a un empleado itinerante al territorio francés en cualquiera de los siguientes casos:

    • en la realización de una prestación de servicios internacional, cuando el destinatario de la prestación está establecido o ejerce en Francia.

    • en una movilidad intragrupo (constituida por la puesta a disposición de personal entre empresas del mismo grupo o establecimientos de una misma empresa)

    • puesta a disposición por una empresa de trabajo temporal establecida en el extranjero de un empleado a favor de una empresa usuaria en Francia.

A todas las empresas transportistas que realicen servicios, enviando empleados (conductores) a realizar:

  • Operaciones de cabotaje realizadas en territorio francés

  • Transporte internacional con origen o destino en Francia

Nota: no se aplica el “salario mínimo francés” a los servicios de transporte en tránsito, que no dan lugar a la carga o descarga de mercancías o al embarque o desembarque de pasajeros.

¿Qué empresas no entran en el ámbito de aplicación de la nueva reglamentación sobre el “salario mínimo francés”?

Las formalidades previstas específicamente para el desplazamiento en el sector del transporte terrestre no se aplican a las empresas:

Que son o emplean trabajadores autónomos. Los conductores autónomos deben acreditar su condición llevando a bordo del vehículo cualquier documento que lo acredite (un recibo de autónomo, certificado censal, alta en el IAE, etc.)

A las empresas que no tengan ellas mismas el estatuto de empresa de transporte público como por ejemplo:

  • Empresas industriales que emplean personal itinerante o navegante para transportar su producción.

  • Las empresas dedicadas al transporte particular de personas, por ejemplo, de taxi.

¿Hay formalidades distintas que se deben realizar según el tipo del vehículo empleado o según el tipo de transporte (de mercancías o viajeros)?

No, se aplican las mismas formalidades tanto en el transporte realizado con vehículos ligeros (ejemplo: furgonetas, vehículos de hasta 3.500 Kg de peso máximo) como con vehículos pesados.

Tampoco hay distinción en cuando a las obligaciones formales por el tipo de tipo de transporte, de mercancías o viajeros.

 

Last Updated on Friday, 21 October 2016 09:46